Respuesta:
Para presentar una Petición de pariente extranjero, los “niños” incluyen niños biológicos que pueden ser legítimos, ilegítimos o legitimados, adoptados e hijastros.
Un niño biológico es legítimo cuando el niño nació de padres que estaban válidamente casados el uno al otro en el momento de su nacimiento. Son niños nacidos “en matrimonio legal”. Un niño biológico es ilegítimo cuando el niño nació de padres que no estaban casados el uno con el otro en el momento del nacimiento del niño. Estos niños nacen “fuera del matrimonio”. Los hijos legitimados son aquellos que nacieron de padres que no estaban casados entre sí pero que posteriormente se casaron después del nacimiento de su hijo.