Respuesta:
El solicitante y el beneficiario deben proporcionar evidencia clara y convincente de la autenticidad de su matrimonio bajo las siguientes circunstancias:
Cuando el beneficiario de la petición se enfrenta a procedimientos de deportación o expulsión.
Cuando el peticionario había presentado una solicitud previa a un cónyuge extranjero y la nueva petición se presentó dentro de los cinco años posteriores a la presentación de la petición anterior.
Cuando el peticionario o beneficiario había intentado previamente inmigrar a través del fraude matrimonial.
Cuando la petición se presentó dentro de los dos años posteriores al matrimonio y luego, dos años después de obtener el estatus de residente permanente legal, el matrimonio terminó.